El anexo II de la Ley de Tráfico (modificado por la Ley 18/2009, de 23 de noviembre) establece la relación de infracciones que suponen pérdida de puntos en el permiso o licencia de conducción. Sin embargo, la pérdida de puntos aparejada al exceso de velocidad denunciado viene recogido en el anexo IV de la Ley, anexo que también recoge la sanción pecuniaria que corresponda al exceso de velocidad detectado. ANEXO II v 6 puntos · Conducir ebrio (más de 0,50 mg/l de alcohol en aire espirado; en el caso de profesionales y noveles, más de 0,3 mg/l). · Conducir bajo los efectos de drogas y estimulantes. · No someterse a la prueba de detección de alcoholemia o drogas. · Conducción temeraria. · Circular en sentido contrario al establecido. · Participar en competiciones y carreras no autorizadas. · Conducir un vehículo que tenga instalado un inhibidor de radar. · Exceder en más del 50% de los tiempos de conducción o la minoración en más del 50% en los tiempos de descanso establecidos en la legislación de transporte terrestre por carretera. · Participar en la colocación, o puesta en funcionamiento, de elementos que alteren el buen funcionamiento del uso del tacógrafo o del limitador de velocidad. v 4 puntos v 3 PUNTOS ANEXO IV v Cuadro de puntos por exceso de velocidad
Límite 30 40 50 60 70 80 90 100 110 120 Puntos Exceso velocidad Grave 31 50 41 60 51 70 61 90 71 100 81 110 91 120 101 130 111 140 121 150 - 51 60 61 70 71 80 91 110 101 120 111 130 121 140 131 150 141 160 151 170 2 61 70 71 80 81 90 111 120 121 130 131 140 141 150 151 160 161 170 171 180 4 71 80 81 90 91 100 121 130 131 140 141 150 151 160 161 170 171 180 181 190 6 Muy grave 81 91 101 131 141 151 161 171 181 191 6